¿Enfrenta la deportación en California? Sus derechos legales y opciones de defensa

Feb 19, 2026 | Derecho Migratorio

Última actualización: Febrero 2026

Recibir una Notificación de Comparecencia (Notice to Appear) en un tribunal de inmigración o enterarse de que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) lo está buscando a usted o a un familiar es una de las experiencias más aterradoras que una persona puede enfrentar. La deportación, formalmente llamada “remoción” bajo la ley de inmigración de los EE.UU., significa ser obligado a dejar el país donde ha construido su vida, su familia y su sustento.

Pero enfrentar la deportación no significa que no tenga opciones. Bajo la ley de los EE.UU., toda persona en procedimientos de remoción tiene derechos legales, incluyendo el derecho a comparecer ante un juez de inmigración, el derecho a presentar evidencia y el derecho a solicitar alivio de la remoción si califica. En muchos casos, las personas que enfrentan la deportación tienen defensas legales viables que pueden permitirles permanecer en los Estados Unidos legalmente.

Importante: El panorama de la aplicación de la ley migratoria se ha intensificado significativamente en 2026. Si usted o un familiar es indocumentado o tiene un caso migratorio sin resolver, es fundamental buscar representación legal de inmediato. Un abogado de defensa contra la deportación con experiencia puede marcar la diferencia entre quedarse en los Estados Unidos y ser deportado.

Esta guía explica el proceso de remoción en California, las formas más comunes de alivio de la deportación, qué hacer si ICE llega a su puerta y por qué la representación legal puede marcar la diferencia entre quedarse en los Estados Unidos y ser deportado.

3.2M+
Casos pendientes en tribunales de inmigración
10 años
Presencia continua para cancelación de remoción
5+
Tribunales de inmigración en California

Entendiendo el proceso de remoción en California

Los procedimientos de deportación son manejados por los tribunales de inmigración, que son parte de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) dentro del Departamento de Justicia de los EE.UU. Estos son tribunales administrativos, no tribunales penales, aunque las consecuencias pueden ser igual de graves.

Cómo comienzan los procedimientos de remoción

Los procedimientos de remoción comienzan cuando el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), generalmente a través de ICE, presenta una Notificación de Comparecencia (NTA) ante un tribunal de inmigración. La NTA es un documento de cargos que identifica al individuo, establece las alegaciones de hecho en su contra y enumera los fundamentos legales para la remoción.

Razones comunes para ser puesto en procedimientos de remoción:
  • Ingresar a los Estados Unidos sin inspección (cruzar la frontera sin autorización)
  • Exceder el tiempo de estadía de una visa
  • Violar los términos de una visa o estatus migratorio
  • Ser condenado por ciertos delitos penales
  • Tener una orden de remoción previa restablecida
  • Ser detenido durante una operación de aplicación de la ley migratoria

Tribunales de inmigración en California

California tiene varios tribunales de inmigración que manejan casos de remoción:

  • Tribunal de Inmigración de San Francisco – 120 Montgomery Street, San Francisco, CA
  • Tribunal de Inmigración de Los Ángeles – 300 N. Los Angeles Street, Los Angeles, CA (uno de los más ocupados del país)
  • Tribunal de Inmigración de San Diego – 401 West A Street, San Diego, CA
  • Tribunal de Inmigración de Sacramento – 300 Booth Street, Sacramento, CA (tribunal EOIR que sirve al norte de CA)
  • Tribunal de Inmigración de Imperial – 1115 Main Street, El Centro, CA
  • Los casos de personas detenidas se escuchan en varias instalaciones de detención en California, incluyendo el Centro de Detención de Otay Mesa cerca de San Diego y el Centro de Procesamiento ICE de Adelanto en el condado de San Bernardino.

El proceso de audiencia de remoción

Los procedimientos de remoción generalmente involucran dos audiencias principales:

Audiencia de calendario maestro (Master Calendar Hearing)

Esta es una audiencia inicial, similar a una lectura de cargos en un tribunal penal. El juez de inmigración confirmará su identidad, explicará los cargos en su contra y le preguntará si admite o niega las alegaciones de hecho y los cargos de deportabilidad. También se le preguntará si desea solicitar alguna forma de alivio de la remoción. Si no está representado por un abogado, el juez generalmente le dará una continuación (aplazamiento) para encontrar uno.

Audiencia individual (de méritos)

Esta es la audiencia sustancial donde se decide su caso. Usted y su abogado presentan evidencia, testimonios y argumentos legales sobre por qué se le debería permitir permanecer en los Estados Unidos. El abogado del gobierno (llamado Abogado de Juicio de la Oficina del Consejero Principal de ICE) presenta el caso del gobierno. El juez de inmigración entonces emite una decisión.

Si el juez ordena su remoción, puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y, en algunos casos, ante los tribunales del circuito federal.

Opciones de defensa: Formas de alivio de la deportación

Existen múltiples defensas legales y formas de alivio que pueden estar disponibles dependiendo de sus circunstancias individuales. Un abogado de inmigración con experiencia puede evaluar qué opciones aplican a su caso.

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Cancelación de remoción

La cancelación de remoción es una de las formas más importantes de alivio disponibles en el tribunal de inmigración. Hay dos tipos:

Cancelación de remoción para no residentes permanentes (cancelación de 10 años)

Esta forma de alivio está disponible para personas indocumentadas que pueden demostrar:

  1. Presencia física continua en los Estados Unidos durante al menos 10 años antes de que se presentara la NTA.
  2. Buen carácter moral durante ese período de 10 años.
  3. Que la remoción resultaría en dificultad excepcional y extremadamente inusual para un familiar que califique y que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal (cónyuge, padre o hijo).
Estándar de dificultad muy alto: La dificultad ordinaria, como la dificultad financiera o emocional de la separación familiar, no es suficiente. Debe demostrar una dificultad que va sustancialmente más allá de lo que normalmente se esperaría, como una condición médica grave de un hijo que requiere tratamiento disponible solo en los EE.UU., o una combinación de factores que hace que la dificultad sea verdaderamente excepcional.

Si se otorga, la cancelación de 10 años le da estatus de residente permanente legal (una Green Card).

Cancelación de remoción para residentes permanentes legales (cancelación de 3 años / 42A)

Si usted es titular de una Green Card que enfrenta la deportación debido a una condena penal, puede calificar para la cancelación si puede demostrar:

  1. Ha sido residente permanente legal durante al menos 5 años.
  2. Ha vivido en los Estados Unidos continuamente durante al menos 7 años después de haber sido admitido en cualquier estatus.
  3. No ha sido condenado por un delito grave agravado.

El juez de inmigración sopesa los factores positivos (lazos familiares, duración de la residencia, contribuciones a la comunidad, rehabilitación) contra los factores negativos (naturaleza y gravedad del delito penal, otras violaciones migratorias). Esta es una forma discrecional de alivio, lo que significa que el juez decide si usted merece un ejercicio favorable de discreción.

Asilo como defensa contra la deportación

Si teme persecución en su país de origen basada en su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular, puede solicitar asilo como defensa contra la remoción.

Consejo: En los procedimientos de remoción, la fecha límite de un año para las solicitudes de asilo es más flexible. Puede presentar un reclamo de asilo ante el juez de inmigración independientemente de cuándo ingresó a los Estados Unidos, siempre que cumpla con los requisitos sustanciales.

Si se le concede asilo, recibe estatus autorizado en los Estados Unidos, autorización de trabajo y la capacidad de solicitar una Green Card después de un año.

Ajuste de estatus

Si tiene una petición de visa de inmigrante aprobada (como un I-130 presentado por un cónyuge o padre ciudadano estadounidense) y un número de visa está disponible, puede ser capaz de ajustar su estatus a residente permanente legal incluso mientras está en procedimientos de remoción. El juez de inmigración puede adjudicar la solicitud de ajuste en algunos casos, o los procedimientos pueden ser cerrados administrativamente o terminados para permitir que USCIS procese la solicitud.

Suspensión de remoción (Withholding of Removal)

La suspensión de remoción bajo la Sección 241(b)(3) de la INA es similar al asilo pero tiene un estándar de prueba más alto. Debe demostrar que es “más probable que no” que sería perseguido en su país de origen por un motivo protegido. A diferencia del asilo, la suspensión de remoción no conduce a una Green Card, pero sí impide que el gobierno lo deporte al país donde enfrenta persecución.

Protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT)

Protección CAT: Si puede demostrar que es “más probable que no” que sería torturado por funcionarios del gobierno o con la aquiescencia de funcionarios del gobierno si es devuelto a su país de origen, puede calificar para la protección bajo la Convención contra la Tortura. La protección CAT está disponible independientemente de los antecedentes penales, lo que la convierte en una opción crítica para individuos que no son elegibles para asilo o suspensión de remoción debido a condenas penales graves.

Salida voluntaria

La salida voluntaria no es técnicamente una “defensa” porque aún resulta en que usted abandone los Estados Unidos. Sin embargo, es una alternativa significativa a una orden formal de remoción. Si se le concede la salida voluntaria, usted deja el país a su propia cuenta en una fecha específica, y evita las graves consecuencias legales de una orden formal de deportación, incluyendo las prohibiciones de reingreso de 5 años, 10 años o 20 años que acompañan a una orden de remoción.

La salida voluntaria puede ser apropiada cuando no hay otro alivio disponible y el individuo quiere preservar la capacidad de regresar a los Estados Unidos legalmente en el futuro.

Discreción fiscal (Prosecutorial Discretion)

DHS y los abogados de ICE tienen la autoridad de ejercer discreción fiscal en casos individuales. Esto puede incluir:

  • Declinar emitir una NTA en primer lugar
  • Aceptar el cierre administrativo de los procedimientos
  • Aceptar la terminación de los procedimientos
  • Unirse a una moción para continuar el caso
  • Declinar apelar una decisión favorable del juez de inmigración

Históricamente, la discreción fiscal se ha utilizado para desprioritizar casos que involucran a individuos sin antecedentes penales, fuertes lazos familiares, largos períodos de residencia en los EE.UU. u otras equidades convincentes. Sin embargo, la disponibilidad y el ejercicio de la discreción fiscal depende en gran medida de las prioridades de aplicación de la ley de la administración actual.

Aumento de la aplicación de la ley migratoria en 2026: Lo que necesita saber

El panorama de la aplicación de la ley migratoria se ha intensificado significativamente en 2026. Si usted o un familiar es indocumentado o tiene un caso migratorio sin resolver, es fundamental entender el entorno actual.

Más operaciones de ICE en comunidades de California

ICE ha expandido las operaciones de aplicación de la ley en todo California, incluyendo en áreas que anteriormente se consideraban de menor prioridad. Las operaciones ya no se limitan a las regiones fronterizas o zonas conocidas de aplicación de la ley. Los agentes de ICE están realizando operaciones dirigidas en vecindarios residenciales, lugares de trabajo, tribunales y espacios públicos en todo el estado, desde San Diego hasta el Área de la Bahía hasta el Valle Central.

Procesamiento más rápido en los tribunales y menos continuaciones: Los tribunales de inmigración están bajo presión para reducir sus enormes atrasos de casos. Esto significa que los jueces están otorgando menos continuaciones y llevando los casos a juicio más rápidamente. Para las personas en procedimientos, esto crea una urgencia de contratar a un abogado y preparar su caso lo antes posible. Puede que tenga menos tiempo para reunir evidencia, obtener documentación sobre las condiciones del país o localizar testigos que en años anteriores.

Cambios en las prioridades de aplicación de la ley

Las prioridades actuales de aplicación de la ley son más amplias que en años recientes, y menos categorías de individuos están siendo clasificadas como de baja prioridad para la aplicación de la ley. Incluso individuos sin antecedentes penales pueden ser blanco de remoción si tienen una orden de remoción previa, no se presentaron a una audiencia judicial anterior o fueron encontrados durante una operación de aplicación de la ley.

Qué hacer si ICE llega a su puerta

Conocer sus derechos durante un encuentro con ICE puede ser la diferencia entre la detención y permanecer en su hogar. Esto es lo que debe saber:

Usted tiene derechos constitucionales independientemente de su estatus migratorio. La Constitución de los EE.UU. protege a todas las personas en los Estados Unidos, no solo a los ciudadanos. La Cuarta Enmienda protege contra registros e incautaciones irrazonables. La Quinta Enmienda protege su derecho a permanecer en silencio.

Paso a paso: Qué hacer

1. No abra la puerta. Los agentes de ICE no pueden entrar a su hogar sin una orden judicial válida (firmada por un juez, no solo una orden administrativa firmada por un supervisor de ICE). Puede pedir al agente que deslice la orden por debajo de la puerta o que la sostenga frente a una ventana para que usted pueda verla.

2. Pregunte si tienen una orden judicial. Una orden administrativa (Formulario I-200 o I-205) no le da a ICE la autoridad de entrar a su hogar sin su consentimiento. Solo una orden firmada por un juez federal o estatal (generalmente una orden de registro o una orden de arresto firmada por un Magistrado de los EE.UU.) autoriza la entrada forzada.

3. Permanezca en silencio. No tiene que responder preguntas sobre su estatus migratorio, dónde nació o cómo ingresó a los Estados Unidos. Puede decir: “Estoy ejerciendo mi derecho a permanecer en silencio.”

4. No firme nada. ICE puede pedirle que firme documentos, incluyendo un acuerdo de salida voluntaria o una orden de remoción estipulada. No firme nada sin consultar a un abogado.

5. Documente el encuentro. Si es posible, haga que un familiar o compañero de vivienda grabe el encuentro en video desde dentro del hogar. Registre los nombres y números de placa de los agentes.

6. Contacte a un abogado inmediatamente. Si usted o un familiar es arrestado por ICE, llame a un abogado lo antes posible.

Consejo — Cree un plan de emergencia familiar: Toda familia con un miembro indocumentado o un miembro con un caso migratorio pendiente debe tener un plan de emergencia que incluya:
  • Una lista de contactos de emergencia, incluyendo un abogado de inmigración
  • Un poder notarial que designe a alguien para cuidar a sus hijos si es detenido
  • Copias de documentos importantes (certificados de nacimiento, pasaportes, documentos migratorios, registros médicos) guardados en un lugar seguro accesible a una persona de confianza
  • Conozca su número A (número de registro de extranjero) y téngalo escrito

La importancia de la representación legal en casos de deportación

Los estudios demuestran consistentemente que la representación legal es el factor más importante en el resultado de los casos de remoción. Según datos de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración y estudios académicos, los individuos con abogados tienen significativamente más probabilidades de ganar sus casos y obtener alivio de la remoción que aquellos que comparecen sin representación legal.

Importante: El tribunal de inmigración no es como un tribunal penal. No hay derecho a un abogado designado por el gobierno en los procedimientos de inmigración. Si no puede pagar un abogado, debe encontrar uno por su cuenta o representarse a sí mismo. Esto hace que elegir al abogado adecuado sea de importancia crítica.

Un abogado de inmigración con experiencia:

  • Evaluará todas las posibles formas de alivio disponibles en su caso específico
  • Reunirá y presentará evidencia de manera efectiva
  • Lo preparará para dar testimonio
  • Contrainterrogará a los testigos del gobierno
  • Presentará argumentos legales ante el juez de inmigración
  • Presentará apelaciones si es necesario

Bueno Immigration representa a personas detenidas

En Bueno Immigration, entendemos que los casos de defensa contra la deportación son urgentes y de alto riesgo. Nuestro equipo representa a personas en procedimientos de remoción en todo California, incluyendo a quienes están detenidos en instalaciones como el Centro de Detención de Otay Mesa y el Centro de Procesamiento ICE de Adelanto.

Manejamos casos en tribunales de inmigración en todo California, incluyendo Los Ángeles, San Diego, San Francisco y más.

Nuestros servicios de defensa contra la deportación incluyen:

  • Audiencias de fianza: Representamos a personas detenidas en audiencias de fianza para buscar su liberación de la detención mientras su caso está pendiente. Presentamos evidencia de lazos comunitarios, relaciones familiares, historial de empleo y no peligrosidad para argumentar por un monto de fianza razonable.
  • Cancelación de remoción (10 años y 3 años): Preparamos solicitudes integrales que demuestran presencia continua, buen carácter moral y la dificultad excepcional que la remoción causaría a familiares que califican.
  • Asilo y suspensión de remoción: Preparamos solicitudes detalladas de asilo, reunimos evidencia sobre las condiciones del país y representamos a los clientes en audiencias individuales ante jueces de inmigración. Conozca más sobre nuestra representación en asilo.
  • Ajuste de estatus en procedimientos: Cuando una petición de visa familiar u otra petición de visa de inmigrante está disponible, buscamos el ajuste como un camino hacia una Green Card incluso mientras los procedimientos de remoción están en curso.
  • Apelaciones ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA): Si el juez de inmigración emite una decisión desfavorable, presentamos apelaciones y argumentos legales ante el BIA.

Visite nuestra página de servicio de defensa contra la deportación para más información.

Audiencias de fianza: Salir de la detención

Si usted o un ser querido ha sido detenido por ICE, una audiencia de fianza puede estar disponible. En una audiencia de fianza, un juez de inmigración determina si debe ser liberado de la detención y, de ser así, establece un monto de fianza.

¿Quién es elegible para fianza?

No todos son elegibles. Las personas sujetas a detención obligatoria, como aquellas con ciertas condenas penales o las detenidas en la frontera, pueden no tener derecho a una audiencia de fianza. Sin embargo, muchas personas detenidas sí califican.

Qué considera el juez

El juez de inmigración evalúa dos factores:

  1. Riesgo de fuga: ¿Es probable que se presente a futuras audiencias judiciales? Los factores incluyen lazos familiares en la comunidad, duración de la residencia en los EE.UU., historial de empleo y comparecencias judiciales previas.
  2. Peligro para la comunidad: ¿Representa usted una amenaza para la seguridad pública? El juez considera los antecedentes penales, la naturaleza y gravedad de cualquier delito y la evidencia de rehabilitación.
Montos de fianza en California: Los montos de fianza generalmente van de $5,000 a $25,000 o más, dependiendo de las circunstancias. Una presentación sólida en la audiencia de fianza, respaldada por evidencia y testimonios, puede reducir significativamente el monto de la fianza o resultar en la liberación bajo fianza.

No ignore su fecha en el tribunal de inmigración

Advertencia: Uno de los errores más perjudiciales que puede cometer es no presentarse a su audiencia en el tribunal de inmigración. Si no se presenta, el juez de inmigración probablemente ordenará su remoción en ausencia (in absentia). Una orden de remoción en ausencia es inmediatamente ejecutable y hace que su caso sea significativamente más difícil de reabrir.

Si ha recibido una Notificación de Comparecencia o cualquier aviso de audiencia judicial, tómelo en serio. Si se ha mudado y le preocupa no recibir los avisos de audiencia, verifique el estado de su caso en línea en el sistema automatizado de EOIR (llame al 1-800-898-7180 o consulte en línea en https://portal.eoir.justice.gov/) o consulte con un abogado.

Equipo de Bueno Immigration listo para ayudar con casos de deportación en California
Nuestro equipo dedicado atiende a personas que enfrentan la deportación en todo California

Dé el Siguiente Paso: Proteja Su Futuro

La defensa contra la deportación es sensible al tiempo. La evidencia debe reunirse, las solicitudes deben presentarse y los plazos deben cumplirse. Esperar demasiado para buscar ayuda legal puede resultar en oportunidades perdidas de alivio.

Si usted o un familiar está en procedimientos de remoción, ha recibido una Notificación de Comparecencia, ha sido detenido por ICE o está preocupado por la actividad de aplicación de la ley migratoria en su comunidad, no espere.

Bueno Immigration ofrece atención trilingüe en inglés, español y portugués. Cada caso es diferente. Cada persona merece la oportunidad de presentar su caso ante un juez. Permítanos ayudarle a entender sus opciones y construir la defensa más sólida posible.

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Aviso legal: La información proporcionada en esta publicación de blog es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Leer esta publicación no crea una relación abogado-cliente con Bueno Immigration o Bueno Law. La ley de inmigración es compleja y cambia frecuentemente, especialmente en el área de aplicación de la ley y remoción. Los resultados individuales dependen de los hechos y circunstancias específicas de cada caso. Si usted o un ser querido enfrenta la deportación o ha sido detenido por las autoridades de inmigración, por favor contacte nuestra oficina inmediatamente para programar una consulta con un abogado licenciado.

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