Si se encuentra en procedimientos de deportación y ha vivido en los Estados Unidos por al menos 10 años, puede tener una opción legal poderosa que podría permitirle quedarse: la cancelación de remoción. Esta forma de alivio migratorio ha ayudado a miles de personas que enfrentaban la deportación a obtener la residencia permanente legal, incluso cuando no tenían otro camino hacia la tarjeta de residencia.
Pero la cancelación de remoción no es fácil de ganar. Los requisitos son estrictos, los estándares legales son exigentes y las tasas de aprobación son bajas. Entender exactamente lo que se requiere, cómo probar su caso y qué errores evitar es esencial si quiere darse la mejor oportunidad posible.
Esta guía proporciona una explicación completa de la cancelación de remoción, con énfasis en la regla de los 10 años para personas que no son residentes permanentes, los estándares legales que debe cumplir y orientación práctica para construir un caso ganador en las cortes de inmigración de California.
¿Qué Es la Cancelación de Remoción?
La cancelación de remoción es una forma de alivio contra la deportación disponible para ciertas personas que se encuentran en procedimientos de deportación ante un juez de inmigración. Si se otorga, le permite permanecer en los Estados Unidos y, en la mayoría de los casos, recibir una tarjeta de residencia (estatus de residente permanente legal).
La cancelación de remoción está gobernada por la Sección 240A de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). No es algo que pueda solicitar por su cuenta; debe estar en procedimientos de deportación ante un juez de inmigración y solicitarla como defensa contra la deportación.
Existen dos tipos distintos de cancelación de remoción, cada uno con diferentes requisitos y estándares.
Los Dos Tipos de Cancelación de Remoción
Tipo 1: Cancelación de Remoción para Residentes Permanentes Legales (LPRs)
Este tipo está disponible para personas que ya tienen tarjeta de residencia pero enfrentan deportación debido a condenas penales u otras causas de deportabilidad.
Requisitos para la cancelación de LPR:
- Ha sido residente permanente legal por al menos 5 años
- Ha residido en los Estados Unidos continuamente por al menos 7 años después de haber sido admitido en cualquier estatus
- No ha sido condenado por un delito grave agravado (aggravated felony)
Si se otorga, la cancelación de LPR le permite conservar su tarjeta de residencia y permanecer en los Estados Unidos. Este tipo no requiere probar dificultad extrema para un familiar calificado.
Tipo 2: Cancelación de Remoción para Personas que No Son Residentes Permanentes (La Regla de los 10 Años)
Este es el tipo al que la mayoría de las personas se refieren cuando hablan de la “regla de los 10 años.” Está disponible para personas que no tienen tarjeta de residencia, incluyendo personas indocumentadas, y es el enfoque principal de esta guía.
Requisitos para la cancelación para personas que no son LPR:
- Ha estado físicamente presente en los Estados Unidos continuamente por al menos 10 años
- Ha sido una persona de buen carácter moral durante esos 10 años
- No ha sido condenado por ciertos delitos penales (incluyendo delitos bajo las secciones 212(a)(2), 237(a)(2) o 237(a)(3) de la INA)
- Su deportación resultaría en “dificultad excepcional y extremadamente inusual” para su cónyuge, padre o hijo que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal
Si se otorga, la cancelación para personas que no son LPR resulta en que el solicitante reciba el estatus de residente permanente legal, es decir, la tarjeta de residencia.
Limitación importante: El Congreso ha establecido un límite de 4,000 cancelaciones para personas que no son LPR por año fiscal. Cuando se alcanza ese límite, los casos aprobados quedan en lista de espera hasta el siguiente año fiscal.

El Requisito de 10 Años de Presencia Física Continua
El requisito de 10 años es la base de un caso de cancelación para personas que no son LPR. Entender qué significa y cómo probarlo es fundamental.
Qué Cuenta como “Presencia Física Continua”
Presencia física continua significa que usted ha estado físicamente en los Estados Unidos por al menos 10 años antes de la fecha en que solicita la cancelación o antes de la fecha en que se le notifica una Notificación de Comparecencia (NTA), lo que active la regla de “detener el reloj” (que se discute a continuación).
- No necesita haber estado en un solo lugar por 10 años. Mudarse dentro de los Estados Unidos no rompe la continuidad.
- No necesita haber estado en estatus legal. Las personas indocumentadas pueden cumplir este requisito.
- Viajes breves fuera de los Estados Unidos pueden ser aceptables, pero ausencias prolongadas pueden romper la continuidad. Según la ley, una sola ausencia de más de 90 días o ausencias acumuladas que totalicen más de 180 días romperán la presencia física continua.
Lo Que “Detiene el Reloj” de la Presencia Continua
Este es uno de los conceptos más importantes en los casos de cancelación de remoción. La “regla de detener el reloj” bajo la Sección 240A(d) de la INA establece que el período de presencia física continua termina cuando:
- Se le notifica una Notificación de Comparecencia (NTA). Una vez que el DHS le entrega una NTA colocándolo en procedimientos de deportación, el reloj se detiene. Sus 10 años deben haberse acumulado antes de que se le notificara la NTA.
- Comete ciertos delitos penales. La comisión de un delito listado en la Sección 212(a)(2) de la INA (delitos que involucran bajeza moral, delitos de sustancias controladas, etc.) detiene el reloj en el momento del delito, incluso si no es condenado hasta después.
La regla de detener el reloj en la práctica: Si usted entró a los Estados Unidos el 1 de enero de 2014 y se le notificó una NTA el 1 de junio de 2025, tendría aproximadamente 11 años y 5 meses de presencia física antes de que el reloj se detuviera. Cumpliría con el requisito de 10 años.
Sin embargo, si entró el 1 de enero de 2017 y se le notificó una NTA el 1 de junio de 2025, tendría solo aproximadamente 8 años y 5 meses. Aún no cumpliría con el requisito de 10 años y la cancelación no estaría disponible.
Cómo Probar 10 Años de Presencia Física
Los jueces de inmigración requieren evidencia sustancial de que usted ha estado en los Estados Unidos continuamente por 10 años. La carga de la prueba recae sobre usted. Estos son los tipos de evidencia que pueden ayudar a establecer su presencia física:
Registros Financieros:
- Declaraciones de impuestos (incluso si se presentaron con un Número de Identificación Individual de Contribuyente, o ITIN, en lugar de un número de Seguro Social)
- Estados de cuenta bancarios
- Talones de pago y registros de empleo
- Recibos de renta o estados de hipoteca
- Facturas de servicios públicos (electricidad, agua, gas, teléfono, internet)
- Registros de transferencias de dinero (como remesas enviadas a su país de origen)
Registros Oficiales:
- Registros de inscripción escolar (suyos o de sus hijos)
- Registros médicos y dentales
- Registros de membresía en iglesias u organizaciones religiosas
- Actas de nacimiento de hijos nacidos en EE.UU.
- Documentos de inmigración (permisos de trabajo, solicitudes anteriores)
- Registros judiciales (si los hay)
Evidencia Personal:
- Declaraciones juradas de personas que le han conocido durante el período de 10 años (familiares, amigos, empleadores, líderes comunitarios, clérigos)
- Fotografías con fechas y ubicaciones
- Publicaciones en redes sociales con marcas de tiempo y datos de ubicación
- Correo recibido en su dirección a lo largo de los años
Consejos para construir su caso:
- Comience a reunir evidencia ahora. Mientras más espere, más difícil será localizar registros de hace años.
- Cree una línea de tiempo. Trace todo su período de 10 años con el mayor detalle posible, anotando dónde vivió, dónde trabajó y qué documentación tiene para cada período.
- Llene los vacíos de manera proactiva. Si hay períodos donde tiene poca documentación, busque fuentes alternativas como declaraciones de testigos o registros de la iglesia.
- Conserve originales y copias. Lleve los originales a la corte pero proporcione copias al juez y al abogado del gobierno.
Los solicitantes que trabajan con un abogado en Los Ángeles o San Diego deben comenzar a organizar esta evidencia lo antes posible, incluso antes de que comiencen los procedimientos de deportación.
El Requisito de Buen Carácter Moral
Debe demostrar que ha sido una persona de buen carácter moral durante todo el período de 10 años de presencia física continua.
Qué Significa Buen Carácter Moral
La INA enumera causales específicas que constituyen falta de buen carácter moral. Estas incluyen:
- Condenas penales: Condenas por delitos que involucran bajeza moral (CIMTs), delitos graves agravados, delitos de sustancias controladas y ciertos otros delitos.
- Testimonio falso: Dar testimonio falso para obtener un beneficio de inmigración.
- Encarcelamiento: Estar recluido en una institución penal por un total de 180 días o más.
- Violaciones de inmigración: Cierto fraude o tergiversación de inmigración.
- Alcoholismo habitual: Ser declarado alcohólico habitual.
- Delitos de juego: Derivar ingresos principalmente del juego ilegal.
- Contrabando: Participación en tráfico de personas.
Más Allá de las Prohibiciones Legales
Incluso si ninguna de las prohibiciones legales aplica, el juez de inmigración tiene discreción para determinar que usted carece de buen carácter moral basándose en la totalidad de las circunstancias. Los factores que pueden afectar negativamente una determinación de buen carácter moral incluyen:
- No pagar impuestos
- No mantener a dependientes
- Relaciones extramaritales que destruyeron una familia
- Historial de deshonestidad
- Múltiples condenas por conducir bajo la influencia del alcohol (DUI) (incluso si no están clasificadas como CIMTs en su jurisdicción)
Cómo Demostrar Buen Carácter Moral
La evidencia afirmativa de buen carácter moral fortalece su caso:
- Participación comunitaria: Membresía en iglesia, trabajo voluntario, participación en actividades escolares, involucramiento en organizaciones comunitarias.
- Historial laboral: Un historial de trabajo consistente que demuestre que es un miembro contribuyente de la sociedad.
- Cumplimiento fiscal: Presentar y pagar impuestos demuestra responsabilidad cívica.
- Responsabilidad familiar: Evidencia de que mantiene a su familia y está involucrado en la vida de sus hijos.
- Cartas de apoyo: Declaraciones de empleadores, clérigos, maestros, entrenadores, vecinos y otros que puedan hablar sobre su carácter.
- Ausencia de antecedentes penales: Un historial limpio es la base, pero la evidencia afirmativa de buen carácter va más allá.
El Estándar de Dificultad Excepcional y Extremadamente Inusual
Este es el elemento más difícil de probar en la cancelación de remoción para personas que no son LPR. También es donde la mayoría de los casos fracasan.
Entendiendo el Estándar
La ley requiere que usted demuestre que su deportación causaría “dificultad excepcional y extremadamente inusual” a su cónyuge, padre o hijo que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Este es uno de los estándares de dificultad más altos en la ley de inmigración.
Puntos clave sobre este estándar:
- La dificultad debe ser para un familiar calificado, no para usted. Su propia dificultad no cuenta a menos que afecte indirectamente a un familiar calificado.
- El familiar calificado debe ser ciudadano estadounidense o LPR. La dificultad para familiares indocumentados no cumple con el estándar.
- Debe ser “excepcional y extremadamente inusual.” Esto significa dificultad más allá de lo que normalmente se esperaría cuando un miembro de la familia es deportado. El hecho de que su familia le extrañará, que sus hijos estarán tristes o que los ingresos de su familia disminuirán son consecuencias comunes de la deportación y, por sí solas, típicamente no cumplen con el estándar.
Factores Que Pueden Establecer la Dificultad
Los siguientes factores, cuando son suficientemente graves y están bien documentados, pueden ayudar a establecer el nivel requerido de dificultad:
Dificultad Médica y Psicológica:
- Un familiar calificado tiene una condición médica grave que requiere tratamiento continuo disponible en EE.UU. pero no en su país de origen
- Un familiar calificado tiene una condición psicológica (como ansiedad severa, depresión o TEPT) que se agravaría significativamente por su deportación
- Un hijo ciudadano estadounidense tiene necesidades especiales (discapacidades del desarrollo, dificultades de aprendizaje, condiciones de salud crónicas) que requieren servicios disponibles en EE.UU.
Dificultad Educativa:
- Hijos ciudadanos estadounidenses que están establecidos en escuelas de EE.UU. y enfrentarían una interrupción educativa significativa
- Hijos que no hablan el idioma de su país de origen y no podrían funcionar en el sistema escolar de ese país
- Hijos en programas de educación especial que no están disponibles en su país de origen
Dificultad Financiera:
- Usted es el principal sostén económico y sus familiares calificados enfrentarían dificultad financiera severa si fuera deportado
- Sus familiares calificados no pueden trabajar debido a edad, discapacidad u otros factores
- Las condiciones económicas en su país de origen son tan graves que su familia enfrentaría pobreza extrema
Condiciones del País:
- Condiciones peligrosas en su país de origen (violencia, inestabilidad, persecución) que afectarían a sus familiares calificados si le acompañaran
- Falta de atención médica, oportunidades educativas o infraestructura básica en su país de origen
Integración y Vínculos Comunitarios:
- Hijos ciudadanos estadounidenses que nunca han vivido en su país de origen y no tienen vínculos allí
- Familiares calificados que están profundamente integrados en su comunidad de EE.UU.
Lo Que NO Cumple con el Estándar
Los jueces de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) han sostenido consistentemente que lo siguiente, por sí solo, no satisface el estándar de dificultad excepcional y extremadamente inusual:
- Dificultad económica general
- Angustia emocional por la separación familiar
- Interrupción de la asistencia escolar de los hijos
- Pérdida del ingreso de un padre
- Preocupaciones generales sobre las condiciones en el país de origen
Para cumplir con el estándar, típicamente necesita demostrar una combinación de factores que, tomados en conjunto, alcanzan un nivel excepcional.
El Caso Precedente: In re Recinas
La decisión de la BIA en In re Recinas (2002) sigue siendo el caso precedente sobre el estándar de dificultad excepcional y extremadamente inusual. En ese caso, la BIA otorgó la cancelación a una madre soltera de seis hijos ciudadanos estadounidenses que no tenía sistema de apoyo en México y cuyos hijos tenían vínculos significativos con EE.UU. La BIA determinó que el efecto acumulativo de los factores de dificultad era excepcional y extremadamente inusual.
Conclusiones clave de Recinas y casos posteriores:
- Análisis acumulativo: Las cortes analizan la totalidad de la dificultad, no factores individuales de manera aislada.
- Las comparaciones importan: Las cortes comparan la dificultad que enfrentarían sus familiares con la dificultad comúnmente experimentada por familias que enfrentan la deportación.
- La evidencia específica es esencial: Las afirmaciones generales de dificultad no son suficientes. Necesita evidencia concreta y documentada.
Descalificadores Comunes
Ciertos factores pueden descalificarlo automáticamente de la cancelación de remoción, sin importar qué tan fuerte sea el resto de su caso.
Impedimentos Penales
No es elegible para la cancelación de remoción si ha sido condenado por:
- Un delito grave agravado (según la definición de la Sección 101(a)(43) de la INA, que incluye una amplia gama de delitos como tráfico de drogas, ciertos delitos de robo con sentencias de un año o más, delitos de violencia y muchos otros)
- Ciertos delitos bajo las Secciones 212(a)(2), 237(a)(2) o 237(a)(3) de la INA, incluyendo delitos que involucran bajeza moral, delitos de sustancias controladas, ciertos delitos de armas de fuego y delitos relacionados con espionaje, sabotaje o terrorismo
Persecución de Otros
Si usted ordenó, incitó, asistió o de otra manera participó en la persecución de otros basada en raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado, está impedido de la cancelación.
Concesión Previa de Alivio
Si previamente se le ha otorgado cancelación de remoción o suspensión de deportación (la predecesora de la cancelación), no puede recibirla nuevamente.
Ciertas Violaciones de Inmigración
Las personas que entraron a EE.UU. como tripulantes o bajo ciertas otras categorías pueden estar impedidas de la cancelación.
El Requisito de Residencia de Dos Años de la Visa J-1
Si entró a EE.UU. con una visa J-1 sujeta al requisito de residencia de dos años en su país de origen y no ha cumplido u obtenido una exención de ese requisito, puede estar impedido.
Tasas de Éxito y Consideraciones Prácticas
La cancelación de remoción, particularmente para personas que no son LPR, es una de las formas de alivio migratorio más difíciles de ganar.
Tasas de Aprobación
- A nivel nacional, la tasa de aprobación para cancelación de remoción para personas que no son LPR es aproximadamente del 10 al 15 por ciento de los casos que llegan a una audiencia de méritos.
- Las tasas de aprobación varían significativamente por corte, por juez y por la calidad de la representación legal.
- Los casos con representación legal sólida tienen tasas de éxito significativamente más altas que aquellos donde el solicitante no tiene representación.
El Límite de 4,000 por Año
El Congreso limita el número de cancelaciones para personas que no son LPR a 4,000 por año fiscal. Cuando se alcanza el límite:
- Los solicitantes aprobados son colocados en una lista de espera.
- Los solicitantes en la lista de espera reciben autorización de trabajo mientras esperan.
- Cuando hay espacios disponibles en el siguiente año fiscal, los solicitantes en lista de espera reciben sus tarjetas de residencia.
- En años recientes, el límite se ha alcanzado antes del final del año fiscal, resultando en esperas.
La Importancia de la Representación Legal
Los casos de cancelación de remoción son procesal y sustantivamente complejos. Requieren:
- Compilación detallada de evidencia que abarca una década
- Argumentación legal sobre el estándar de dificultad
- Preparación de testigos y testimonio
- Interrogación de testigos del gobierno
- Conocimiento de las prácticas locales de la corte y las tendencias de jueces específicos
Las estadísticas consistentemente muestran que las personas representadas tienen muchas más probabilidades de ganar la cancelación que las no representadas. Si está en procedimientos de deportación y está considerando la cancelación de remoción, asegurar un abogado de defensa contra la deportación con experiencia es uno de los pasos más importantes que puede tomar.
Particularidades de las Cortes de Inmigración de California
Las cortes de inmigración de California tienen características que afectan los casos de cancelación de remoción.
Corte de Inmigración de Los Ángeles
- Una de las cortes de inmigración más grandes del país con docenas de jueces.
- Las tasas de aprobación para cancelación de remoción varían significativamente según el juez.
- Los casos pueden tomar 3 a 6 años para llegar a una audiencia de méritos.
- La corte maneja un alto volumen de casos de cancelación dado la gran población inmigrante del sur de California.
- Tener un abogado familiarizado con las prácticas de la corte de inmigración de Los Ángeles es fundamental.
Corte de Inmigración de San Francisco
- Maneja casos del norte de California y el Área de la Bahía.
- Generalmente se considera que tiene tasas de aprobación algo más altas para la cancelación en comparación con los promedios nacionales, aunque esto varía por juez y cambia con el tiempo.
- Los casos típicamente toman 3 a 5 años para llegar a una audiencia de méritos.
- La corte atiende a una población inmigrante diversa, y los jueces escuchan casos de cancelación que involucran solicitantes de muchos países diferentes. Las personas en el área de San Francisco deben prepararse para un plazo prolongado.
Corte de Inmigración de San Diego
- Maneja casos de las áreas de San Diego y el condado Imperial.
- Tiene tanto listas de casos de detenidos como de no detenidos.
- Los casos de cancelación de no detenidos típicamente toman 2 a 5 años para llegar a una audiencia de méritos.
- La proximidad a la frontera significa que la corte maneja una alta proporción de casos que involucran nacionales mexicanos y centroamericanos.
- Los solicitantes en la región de San Diego deben estar conscientes de las prácticas particulares de la corte respecto a la presentación de evidencia y la programación de audiencias.
Cortes del Valle Central
- Las cortes en Fresno y el Valle Central circundante atienden a una gran población de trabajadores agrícolas.
- Muchos casos de cancelación involucran personas que han trabajado en la agricultura por una década o más y tienen hijos ciudadanos estadounidenses.
- Estas cortes pueden tener diferentes presiones en sus listas de casos que las cortes de las grandes ciudades, lo que potencialmente afecta la programación.
Casos de Personas Detenidas
- Las personas detenidas que buscan cancelación de remoción enfrentan desafíos adicionales, incluyendo acceso limitado a evidencia y testigos.
- Los centros de detención de California (Adelanto, Mesa Verde, Imperial Regional) cada uno alimenta a cortes específicas.
- Si usted o un familiar está detenido y puede calificar para la cancelación, el tiempo es crucial. Contacte a un abogado inmediatamente.

Construyendo un Caso Ganador: Paso a Paso
Si cree que puede calificar para la cancelación de remoción, aquí hay un plan de acción práctico.
Paso 1: Consulte Con un Abogado de Inmigración
Antes que nada, consulte con un abogado de inmigración con experiencia que maneje casos de cancelación. Ellos:
- Evaluarán si cumple con los requisitos básicos de elegibilidad
- Identificarán posibles impedimentos para la elegibilidad (problemas penales, interrupciones en la presencia continua, etc.)
- Evaluarán la solidez de su caso de dificultad
- Desarrollarán una estrategia para el caso
Paso 2: Reúna Evidencia de 10 Años de Presencia Física
Comience a recopilar evidencia inmediatamente. Cree una carpeta (física y digital) organizada por año, que contenga:
- Declaraciones de impuestos de cada año
- Talones de pago, W-2s o 1099s
- Recibos de renta o contratos de arrendamiento
- Facturas de servicios públicos
- Registros médicos
- Registros escolares (suyos y de sus hijos)
- Cualquier correspondencia gubernamental recibida en su dirección
- Declaraciones de testigos que puedan atestiguar su presencia
Paso 3: Prepare Su Evidencia de Buen Carácter Moral
Reúna:
- Resultados de verificación de antecedentes (su abogado puede ayudarle a obtenerlos)
- Cartas de miembros de la comunidad, empleadores y clérigos
- Evidencia de cumplimiento fiscal
- Evidencia de participación comunitaria
- Cualquier registro judicial que muestre la resolución de asuntos legales pasados
Paso 4: Construya Su Caso de Dificultad
Esta es la parte más importante. Trabaje con su abogado para:
- Identificar a sus familiares calificados (cónyuge, padre o hijo ciudadano estadounidense o LPR)
- Documentar cada factor de dificultad con especificidad
- Obtener evaluaciones médicas o psicológicas si aplica
- Investigar las condiciones del país en su país de origen
- Preparar a los familiares calificados para testificar sobre la dificultad que enfrentarían
Paso 5: Prepárese para Su Audiencia
- Revise toda la evidencia con su abogado
- Practique su testimonio
- Prepare a los testigos (familiares calificados, miembros de la comunidad)
- Anticipe las preguntas del abogado del gobierno durante la interrogación cruzada
- Entienda las expectativas del juez (su abogado debe conocer las tendencias del juez específico)
Cómo Bueno Immigration Puede Ayudarle
La cancelación de remoción es una de las formas de alivio migratorio más exigentes, y tener al equipo legal adecuado puede marcar la diferencia entre quedarse en los Estados Unidos con su familia y enfrentar la deportación. En Bueno Immigration, proporcionamos representación dedicada de defensa contra la deportación en toda California, incluyendo:
- Evaluación exhaustiva de elegibilidad para determinar si la cancelación de remoción es una opción viable para su caso
- Recopilación integral de evidencia que abarca todo el período de 10 años para establecer la presencia física continua
- Desarrollo del caso de dificultad con evaluaciones médicas, investigación de condiciones del país y declaraciones detalladas de los hechos
- Representación completa en la corte de inmigración, incluyendo preparación de testigos, interrogatorio directo e interrogatorio cruzado
- Apelaciones ante la Junta de Apelaciones de Inmigración y la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito si su caso es inicialmente denegado
- Exploración de alivio alternativo si la cancelación no está disponible, incluyendo asilo, VAWA, visa U o visa T y otras opciones
Nuestro equipo atiende a clientes en toda California, desde Bakersfield hasta el Área de la Bahía, y nos comunicamos en inglés, español y portugués. Entendemos que el futuro de su familia está en juego, y aportamos la preparación, el conocimiento y la dedicación que los casos de cancelación exigen.
Llámenos hoy al (415) 582-1608 para programar una consulta. Si usted o un ser querido está en procedimientos de deportación y ha estado en los Estados Unidos por 10 años o más, no espere para explorar esta opción tan importante.
Esta publicación de blog es solo para fines informativos y no constituye asesoramiento legal. La ley de inmigración es compleja y depende de los hechos específicos de cada caso. Para obtener asesoramiento sobre su situación individual, consulte con un abogado de inmigración calificado. Los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
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