Si está planeando presentar una solicitud de inmigración en 2026, el costo de hacerlo ha cambiado — y en la mayoría de los casos, ha aumentado. Entre los ajustes por inflación de enero de 2026 y las nuevas tarifas estatutarias impuestas por la H.R. 1 (la ley de reconciliación Laken Riley Act), los inmigrantes y sus familias enfrentan un panorama de tarifas más costoso y más confuso que nunca. Entender exactamente cuánto debe pagar antes de presentar su solicitud es esencial, porque enviar el monto incorrecto resultará en el rechazo inmediato de su aplicación.
Esta guía desglosa el programa de tarifas actual de USCIS para 2026, compara las tarifas anteriores y nuevas para los formularios de inmigración más comunes, explica las nuevas tarifas estatutarias de H.R. 1, cubre las exenciones de tarifas y quién califica, y ofrece consejos prácticos para planificar sus costos de inmigración — especialmente para familias en California, donde el alto costo de vida hace que cada dólar cuente.
Ya sea que esté presentando una petición de tarjeta de residencia basada en familia, solicitando la naturalización o renovando su autorización de empleo, esto es lo que necesita saber.
Qué Cambió: Dos Capas de Aumento en las Tarifas
El panorama de tarifas de 2026 es más complicado que en años anteriores porque ahora existen dos fuentes separadas de tarifas para muchas solicitudes de inmigración:
- Tarifas Regulatorias de USCIS (la tarifa “base” de presentación): Estas son las tarifas estándar establecidas por USCIS a través de su regla de tarifas, actualizada significativamente por última vez en abril de 2024. El 1 de enero de 2026, USCIS aplicó ajustes por inflación a ciertas tarifas estatutarias basados en un aumento del 2.70% en el Índice de Precios al Consumidor (CPI-U) de julio de 2024 a julio de 2025.
- Tarifas Estatutarias de H.R. 1 (nuevas en 2025–2026): La legislación firmada el 4 de julio de 2025 creó tarifas adicionales para ciertos formularios de inmigración — más notablemente solicitudes de asilo, documentos de autorización de empleo (EAD), solicitudes de parole y solicitudes de TPS. Estas tarifas estatutarias son adicionales a las tarifas regulatorias existentes de USCIS y no pueden ser exentas.
Este sistema de dos capas significa que para algunas solicitudes, ahora está pagando dos tarifas separadas. Entender qué tarifas aplican a su formulario específico — y cuáles pueden ser exentas — es fundamental.
Tabla de Tarifas de USCIS 2026: Formularios de Inmigración Más Comunes
La siguiente tabla muestra las tarifas actuales de 2026 para los formularios de inmigración que se presentan con más frecuencia. Donde corresponda, se indican tanto la tarifa regulatoria de USCIS como la tarifa estatutaria de H.R. 1.
| Formulario | Descripción | Tarifa 2024 (Antes de Cambios) | Tarifa 2026 (Actual) | Notas |
|---|---|---|---|---|
| I-130 | Petición para Familiar Extranjero | $535 | $625 (en línea) / $675 (papel) | Presentar en línea ahorra $50 |
| I-485 | Ajuste de Estatus (Tarjeta de Residencia) | $1,440 | $1,440 | Sin cambio desde la regla de tarifas de abril 2024 |
| I-765 | Autorización de Empleo (EAD) | $410 | $260 (con I-485 pendiente presentado en/después del 1/4/2024) | Tarifa reducida para presentaciones concurrentes; tarifas de EAD independiente varían por categoría |
| I-765 | EAD — Basado en asilo (inicial, H.R. 1) | N/A | $560 (estatutaria) | Nueva tarifa de H.R. 1; cobro pausado desde el 13/2/2026 |
| I-765 | EAD — Basado en asilo (renovación, H.R. 1) | N/A | $275 (estatutaria) | Cobro pausado desde el 13/2/2026 |
| I-765 | EAD — Basado en parole (inicial, H.R. 1) | N/A | $560 (estatutaria) | Cobro pausado desde el 13/2/2026 |
| I-765 | EAD — Basado en TPS (inicial, H.R. 1) | N/A | $560 (estatutaria) | Ajustada por inflación para el año fiscal 2026 |
| N-400 | Solicitud de Naturalización | $710 | $710 (en línea) | Tarifa reducida: $380 si el ingreso es igual o menor al 400% FPG |
| I-589 | Solicitud de Asilo | $0 | $50 (regulatoria USCIS) + $100 (H.R. 1 inicial) | Tarifa anual de asilo de $100 por cada año que la solicitud permanezca pendiente; cobro de tarifa H.R. 1 pausado desde el 13/2/2026 |
| I-751 | Eliminar Condiciones de Residencia | $750 | $750 | Presentado por residentes condicionales para eliminar condiciones de 2 años |
| I-90 | Renovar/Reemplazar Tarjeta de Residencia | $415 | $415 (en línea) / $465 (papel) | Presentar en línea ahorra $50 |
| I-131 | Documento de Viaje / Permiso Adelantado | Varía | Varía por categoría | Tarifa de parole H.R. 1: $1,020; cobro de tarifa H.R. 1 pausado desde el 13/2/2026 |
| I-140 | Petición de Inmigrante (Basada en Empleo) | $715 | $715 + Tarifa del Programa de Asilo ($600 estándar / $300 empleador pequeño / $0 sin fines de lucro) | La Tarifa del Programa de Asilo financia el procesamiento de asilo |
| I-290B | Apelación o Moción | $800 | $800 | Utilizado para apelar decisiones de USCIS |
Nota Importante: USCIS publicó un programa de tarifas G-1055 actualizado el 13 de febrero de 2026, pausando el cobro de ciertas tarifas de H.R. 1 para el Formulario I-131, Formulario I-589 y Formulario I-765. Esta pausa puede ser temporal. Siempre consulte el programa de tarifas G-1055 vigente en uscis.gov antes de presentar cualquier solicitud.

Las Tarifas Estatutarias de H.R. 1: Lo Que Necesita Saber
La legislación H.R. 1 creó varias tarifas nuevas que no existían antes de 2025. Estas tarifas son particularmente impactantes para solicitantes de asilo, beneficiarios de TPS y personas con parole.
Tarifa de Solicitud de Asilo (Formulario I-589)
Por primera vez en la historia de Estados Unidos, los solicitantes de asilo ahora deben pagar una tarifa para solicitar protección. La estructura de tarifas es:
- Tarifa de presentación inicial: $100 (además de la tarifa regulatoria de USCIS de $50)
- Tarifa anual de asilo: $100 por cada año calendario que la solicitud permanezca pendiente
Este es un cambio significativo. Durante décadas, las solicitudes de asilo fueron gratuitas, reconociendo que las personas que huyen de la persecución a menudo llegan con recursos limitados. La nueva tarifa ha generado fuertes críticas por parte de defensores de inmigración y organizaciones legales.
A partir del 13 de febrero de 2026, USCIS ha pausado el cobro de la tarifa de asilo de H.R. 1 en espera de nuevos desarrollos. Sin embargo, esta pausa podría levantarse en cualquier momento. Si está preparándose para presentar una solicitud de asilo, consulte con un abogado sobre el estado actual de las tarifas.
Tarifas Estatutarias de Autorización de Empleo (EAD)
H.R. 1 impuso nuevas tarifas estatutarias para EADs presentados por solicitantes de asilo, personas con parole y beneficiarios de TPS. Estas tarifas son separadas de (y adicionales a) cualquier tarifa regulatoria de presentación existente de USCIS:
- EAD basado en asilo (inicial): $560
- EAD basado en asilo (renovación): $275
- EAD basado en parole (inicial): $560
- EAD basado en parole (renovación): $280
- EAD basado en TPS (inicial): $560
- EAD basado en TPS (renovación): $280
USCIS pausó el cobro de tarifas de H.R. 1 para el I-765 (EAD) a partir del 13 de febrero de 2026. Verifique el programa de tarifas vigente antes de presentar su solicitud.
Tarifa de Parole
La tarifa de parole de H.R. 1 es de $1,020 a partir del 1 de enero de 2026 (ajustada por inflación desde $1,000). Esto aplica a ciertas solicitudes de parole presentadas en el Formulario I-131. El cobro de esta tarifa también fue pausado a partir del 13 de febrero de 2026.
Tarifa de Solicitud de TPS (Formulario I-821)
La tarifa de solicitud de TPS aumentó de $500 a $510 a partir del 1 de enero de 2026, reflejando el ajuste por inflación del CPI-U.
Exenciones de Tarifas: Quién Califica y Qué Cubre
Dado el aumento de costos, las exenciones de tarifas son más importantes que nunca — especialmente en California, donde el costo de vida dificulta que muchas familias inmigrantes puedan pagar las tarifas de presentación además del alquiler, la comida y otros gastos.
Formulario I-912: Solicitud de Exención de Tarifas
- Usted o un familiar que califique recibe un beneficio sujeto a prueba de medios como Medicaid/Medi-Cal, Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP/CalFresh), Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI) o Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF/CalWORKs)
- El ingreso de su hogar es igual o inferior al 150% de las Guías Federales de Pobreza (para 2026, esto es aproximadamente $23,895 para un hogar de una persona, o $49,025 para un hogar de cuatro personas en los 48 estados contiguos)
- Usted está experimentando dificultades financieras extremas debido a gastos extraordinarios como facturas médicas, discapacidad o pérdida repentina de ingresos
¿Qué Formularios Aceptan Exenciones de Tarifas?
Las exenciones de tarifas están disponibles para muchas solicitudes comunes, incluyendo:
- Formulario I-485 (Ajuste de Estatus)
- Formulario N-400 (Naturalización)
- Formulario I-765 (EAD) — solo la tarifa regulatoria de USCIS
- Formulario I-90 (Renovación de Tarjeta de Residencia)
- Formulario I-751 (Eliminar Condiciones)
¿Qué Formularios NO Aceptan Exenciones de Tarifas?
- Solicitudes de DACA — no hay exención de tarifas disponible para DACA
- Tarifas estatutarias de H.R. 1 — las nuevas tarifas estatutarias impuestas por H.R. 1 no pueden ser exentas ni reducidas, incluso si usted califica para una exención de la tarifa regulatoria de USCIS. Esto significa que incluso si su tarifa base de presentación es exenta, aún podría deber la tarifa estatutaria.
- Tarifas de procesamiento premium (Formulario I-907)
- Tarifas de visa de inmigrante pagadas al Departamento de Estado
Cómo Solicitar una Exención de Tarifas
- Complete el Formulario I-912 y adjunte documentación de respaldo (cartas de beneficios, declaraciones de impuestos, recibos de pago, estados de cuenta bancarios, etc.)
- Presente el Formulario I-912 junto con su solicitud de inmigración — no puede presentarlo por separado después de hacer su solicitud
- Si USCIS niega la exención de tarifas, todo su paquete de solicitud será rechazado y deberá volver a presentarlo con la tarifa completa
Procesamiento Premium: Decisiones Más Rápidas por un Precio
El procesamiento premium permite a los solicitantes pagar una tarifa adicional para una adjudicación acelerada — típicamente una decisión dentro de 15 a 45 días hábiles, dependiendo del formulario. A partir del 1 de marzo de 2026, las tarifas de procesamiento premium son:
| Formulario | Tarifa de Procesamiento Premium (Vigente 1/3/2026) |
|---|---|
| I-129 (Petición de Trabajador No Inmigrante) | $2,965 |
| I-140 (Petición de Inmigrante — Basada en Empleo) | $2,965 |
| I-539 (Cambio/Extensión de Estatus No Inmigrante) | $2,075 |
| I-765 (Autorización de Empleo) | $1,780 |
El procesamiento premium se presenta utilizando el Formulario I-907 y debe pagarse por separado de la tarifa base de presentación. Las tarifas de procesamiento premium no pueden ser exentas.
No todas las categorías dentro de cada formulario son elegibles para procesamiento premium. Por ejemplo, el procesamiento premium para el I-765 está disponible para ciertas categorías de EAD pero no para todas. Consulte el sitio web de USCIS o a un abogado de inmigración para confirmar la elegibilidad de su caso específico.
Consideraciones Específicas de California: Por Qué las Exenciones de Tarifas Son Importantes Aquí
California tiene el costo de vida más alto de cualquier estado grande, y muchas familias inmigrantes en Los Ángeles, el Área de la Bahía, San Diego y el condado de Orange ya están estirando sus presupuestos al máximo. Cuando una sola solicitud de tarjeta de residencia puede costar más de $1,000 solo en tarifas de presentación — antes de los honorarios del abogado — la carga financiera es real.
Aquí hay algunos factores específicos de California a tener en cuenta:
Guías Federales de Pobreza Más Altas Aplican en Algunos Casos
Aunque las Guías Federales de Pobreza estándar aplican a California (a diferencia de Alaska y Hawái, que tienen guías separadas y más altas), el costo de vida real de California está muy por encima de lo que reflejan las guías de pobreza. Si está solicitando una exención de tarifas basada en dificultades financieras (el tercer criterio de elegibilidad del I-912), puede documentar costos específicos de California como alquileres altos, facturas de servicios públicos y gastos de atención médica para respaldar su caso.
La Inscripción en Medi-Cal Respalda las Exenciones de Tarifas
Si está inscrito en Medi-Cal (el programa Medicaid de California), esto por sí solo puede ser suficiente para calificar para una exención de tarifas bajo el criterio de beneficios sujetos a prueba de medios. Guarde su carta de verificación de beneficios de Medi-Cal — sirve como evidencia sólida para el Formulario I-912.
Inscripción en CalFresh (SNAP)
De igual manera, la inscripción en CalFresh (el programa SNAP de California) le califica para una exención de tarifas. Guarde sus documentos de verificación de inscripción.
Las Organizaciones Comunitarias Pueden Ayudar
Muchas organizaciones de asistencia legal en California — incluyendo las de San Diego, Los Ángeles y el Área de la Bahía — pueden ayudarle a preparar solicitudes de exención de tarifas y solicitudes de inmigración sin costo. Si no puede pagar las tarifas de presentación, comuníquese con una organización de asistencia legal antes de asumir que debe pagar el precio completo.
Consejos para Planificar Sus Costos de Inmigración
La inmigración es una inversión en su futuro, pero requiere planificación financiera. Aquí hay consejos prácticos para manejar los costos:
1. Presente en Línea Cuando Sea Posible
USCIS ofrece tarifas reducidas para la presentación en línea en varios formularios, incluyendo el I-130 ($625 en línea vs. $675 en papel) y el I-90 ($415 en línea vs. $465 en papel). Los ahorros pueden parecer modestos, pero se acumulan con múltiples presentaciones.
2. Solicite Exenciones de Tarifas con Anticipación
No espere hasta el último momento para preparar su exención de tarifas. Reúna sus documentos de respaldo (declaraciones de impuestos, cartas de beneficios, recibos de pago) con suficiente anticipación. Si su exención es denegada, necesitará tiempo para volver a presentar con la tarifa completa antes de que se venzan los plazos.
3. Entienda Qué Está Incluido
Algunas tarifas cubren múltiples beneficios. Por ejemplo, la tarifa del I-485 ($1,440) incluye biométricos y, para solicitantes que presentaron en o después del 1 de abril de 2024, una tarifa reducida del I-765 (EAD) de $260 si se presenta de forma concurrente. Entender estas tarifas combinadas puede ayudarle a evitar pagar de más.
4. Tenga Cuidado con las Estafas
Nunca pague tarifas de inmigración a nadie que no sea USCIS directamente (por cheque, giro postal o en línea a través del sitio web de USCIS). “Consultores” fraudulentos a veces cobran tarifas y se quedan con el dinero sin presentar nunca su solicitud.
5. Planifique para Todo el Proceso
Muchos trámites de inmigración involucran múltiples presentaciones durante meses o años. Por ejemplo, una tarjeta de residencia por matrimonio involucra el Formulario I-130, el Formulario I-485, el Formulario I-765 y eventualmente el Formulario I-751 — más posibles costos de exámenes médicos, traducciones de documentos y copias certificadas. Planifique todo el proceso y sus costos desde el principio para que no le tomen por sorpresa.
6. Verifique las Pausas de Tarifas de H.R. 1 Antes de Presentar
A partir de febrero de 2026, USCIS ha pausado el cobro de ciertas tarifas de H.R. 1. Esta situación es cambiante y podría modificarse en cualquier momento. Antes de presentar cualquier solicitud que pueda estar sujeta a tarifas de H.R. 1, consulte la versión más reciente del programa de tarifas G-1055 en uscis.gov.
7. Presupueste para el Examen Médico
El examen médico de inmigración (Formulario I-693) es requerido para la mayoría de las solicitudes de ajuste de estatus (I-485) y no está incluido en la tarifa de presentación de USCIS. En California, los médicos civiles (civil surgeons) típicamente cobran entre $200 y $500 por el examen, dependiendo de la ubicación y las vacunas necesarias. Este es un gasto de su bolsillo que muchos solicitantes olvidan contemplar. Algunos centros de salud comunitarios ofrecen el examen a tarifas reducidas — consulte a su abogado o proveedor de asistencia legal para referencias.
8. Reserve para Costos de Traducción y Certificación de Documentos
Si sus documentos de respaldo (actas de nacimiento, actas de matrimonio, decretos de divorcio, antecedentes penales) no están en inglés, necesitará traducciones certificadas. Los servicios de traducción profesional típicamente cobran entre $25 y $75 por página. También puede necesitar copias certificadas de ciertos documentos, lo que puede involucrar tarifas de consulados extranjeros u oficinas de registros vitales estatales. Incluya estos costos en su presupuesto general desde el principio.
Errores Comunes con las Tarifas que Causan el Rechazo de Solicitudes
USCIS es estricto con las tarifas. Si envía el monto incorrecto, todo su paquete de solicitud será rechazado y devuelto. Estos son los errores más comunes relacionados con tarifas que debe evitar:
Enviar el Monto de la Tarifa Anterior
Si su solicitud tiene matasellos del 1 de enero de 2026 en adelante, debe pagar la tarifa de 2026. Las solicitudes con matasellos anterior a esa fecha utilizan el programa de tarifas previo. La fecha en su etiqueta de envío o matasellos es la que cuenta — no la fecha en que firmó la solicitud. Verifique el programa de tarifas G-1055 vigente inmediatamente antes de enviar su solicitud por correo.
Olvidar la Tarifa del Programa de Asilo
Si está presentando el Formulario I-140 (petición de inmigración basada en empleo), debe incluir la Tarifa del Programa de Asilo además de la tarifa base del I-140. El monto depende del tamaño de su empleador: $600 para empleadores estándar, $300 para empleadores pequeños (25 o menos empleados de tiempo completo) y $0 para organizaciones sin fines de lucro. Omitir esta tarifa resultará en el rechazo.
Usar el Método de Pago Incorrecto
USCIS acepta cheques, giros postales y pagos con tarjeta de crédito/débito (para presentaciones en línea). Si paga con cheque, hágalo a nombre de “U.S. Department of Homeland Security.” No use efectivo. No use nombres abreviados. Un cheque devuelto causará que su solicitud sea rechazada y puede generar tarifas adicionales.
No Separar el Pago de Procesamiento Premium
Si está presentando el Formulario I-907 para procesamiento premium junto con su solicitud subyacente, la tarifa de procesamiento premium debe presentarse como un pago separado de la tarifa base de presentación. Combinarlos en un solo cheque resultará en el rechazo.
Asumir que la Exención de Tarifas Será Aprobada
Si presenta una exención de tarifas (Formulario I-912) y esta es denegada, todo su paquete de solicitud es rechazado. No obtiene una segunda oportunidad para pagar — debe volver a presentar desde cero. Si no está seguro de si su exención de tarifas será aprobada, considere enviar la tarifa completa y reserve el intento de exención para situaciones donde tenga evidencia sólida de que califica (como inscripción documentada en Medi-Cal o CalFresh).

Lo Que Esto Significa para Usted
Los cambios en las tarifas de USCIS para 2026 añaden una capa de complejidad a un sistema de inmigración que ya es complicado. La combinación de aumentos en tarifas regulatorias, nuevas tarifas estatutarias de H.R. 1 y la pausa reciente en el cobro de ciertas tarifas significa que el monto que usted debe depende en gran medida de cuándo presenta, qué formulario está presentando y su categoría específica de elegibilidad.
Para la mayoría de los solicitantes, la conclusión es esta: la inmigración se está volviendo más costosa. El I-130 subió de $535 a $625. Los solicitantes de asilo enfrentan tarifas por primera vez. Las renovaciones de EAD para beneficiarios de TPS, personas con parole y solicitantes de asilo ahora conllevan tarifas estatutarias significativas además de las tarifas regulatorias existentes.
Pero existen estrategias para manejar estos costos. Las exenciones de tarifas siguen disponibles para la porción regulatoria de USCIS de muchas solicitudes. La presentación en línea ofrece ahorros modestos. Y entender el cronograma completo de su proceso de inmigración le permite presupuestar de manera realista en lugar de verse sorprendido por cada nuevo formulario.
El paso más importante que puede dar es consultar con un abogado de inmigración con conocimiento antes de presentar su solicitud. Un abogado puede ayudarle a determinar exactamente qué tarifas aplican, si califica para una exención y cómo evitar errores costosos como enviar el monto incorrecto de la tarifa — lo cual resultará en el rechazo y devolución de su solicitud.
Cómo Bueno Immigration Puede Ayudarle
En Bueno Immigration, ayudamos a clientes en toda California a navegar el sistema de inmigración — incluyendo el panorama de tarifas cada vez más complejo. Nuestro equipo se mantiene actualizado sobre cada cambio de tarifas, política de exenciones y requisito de presentación para que usted no tenga que hacerlo.
Atendemos a familias e individuos en el Área de la Bahía, Los Ángeles, San Diego, el Valle Central y en todo el estado. Ofrecemos consultas en inglés, español y portugués para asegurar que cada cliente pueda hablar sobre su caso en el idioma en el que se sienta más cómodo.
Ya sea que necesite ayuda para presentar una solicitud de tarjeta de residencia, entender sus opciones de exención de tarifas o planificar el costo total de su proceso de inmigración, estamos aquí para guiarle.
Programe una consulta confidencial con nuestro equipo hoy. Llame al (415) 582-1608 o visite nuestra página de contacto.
Esta publicación de blog es solo para fines informativos y no constituye asesoramiento legal. La ley de inmigración es compleja y depende de los hechos específicos de cada caso. Para obtener asesoramiento sobre su situación individual, consulte con un abogado de inmigración calificado. Los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
No Deje Que las Tarifas Retrasen Su Caso
Tarifas más altas significan más en juego. Exenciones de tarifas y planes de pago pueden estar disponibles. Permítanos ayudarle a encontrar el camino más económico.
Bueno Immigration — English, Spanish, Portuguese
Llame al (415) 582-1608 WhatsApp
Visite nuestras oficinas en San Diego o San Rafael
Programe Su Consulta Confidencial
Nuestro equipo habla español, inglés y portugués para atenderle en el idioma con el que se sienta más cómodo.
Llame al (415) 582-1608 hoy.
